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- ACTIVO
- ADHERENTE
- HONORARIO
- VITALICIO
- CONTACTO
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ASOCIADOS ACTIVOS |
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Podrán ser los Suboficiales de la Fuerza Aérea Argentina que se encuentren en Actividad o Retirados. |
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ACTIVOS SOLTEROS, los mismos podrán incorporpar como familiares directos con Categoría Participante a: |
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- HERMANOS/AS (hasta 35 años de edad).
- PADRE
- MADRE
Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente. |
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ACTIVOS CASADOS, o en CONVIVENCIA declarada ante el Círculo, o Emancipados, los mismos podrán incorporar como familiares directos con Categoría Participante a: |
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- CONYUGE O CONVIVIENTE
- HIJOS/AS (hasta 35 años de edad).
(si fueran más de 2 hijos menores, a partir del tercero se encuentran bonificados hasta cumplir los 21 años)
- NIETO/A "a cargo" (hasta 35 años de edad).
Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente. |
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Tambien, si asi lo desea, tiene la posibilidad por ser Suboficial de Fuerza Aérea, de incorporpar con una cuota diferencial como Adherentes a: |
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- PADRE
- MADRE
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PADRE POLITICO
-
MADRE POLITICA
Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente. |
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EGRESADOS DE LOS INSTITUTOS DE FORMACION DE LA F.A.A. DURANTE SU PRIMER AÑO TENDRAN IMPORTANTES DESCUENTOS EN SU CUOTA SOCIAL COMO NUEVO INTEGRANTE DEL CIRCULO. |
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SI DESEA INFORMACION DIFERENCIADA DE LOS VALORES ACTUALES DE LA CUOTA SOCIAL COMUNICARSE A LOS TELEFONOS DE LA REGIONAL CORRESPONDIENTE A SU JURISDICCION. |
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PRESIONE AQUÍ PARA IR A SU REGIONAL. |
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ASOCIADOS ADHERENTES |
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Para incorporarse a la Mutual como Asociados Adherentes debe cumplir ciertos requisitos. |
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Los Asociados Adherentes son: |
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- Asociados Activos que pasan a revistar como Oficiales de la FAA.
- Suboficiales de otras FFAA.
- Deudos con derecho a pensión de los Asociados Activos, vitalicios y Asociados fallecidos de las FFAA.
- Hijos, hermanos, padres políticos, hijos políticos, nietos y vitalicios, en vida o fallecidos.
- Personal Civil de la FAA.
- Personal de la PSA.
- Personal de la ANAC.
- Personal Civil de la Planta Permanente del CSbFAAAM.
- Cónyuges y padres de los asociados adherentes
- Suboficiales que hayan dejado de pertenecer a la Fuerza Aérea Argentina.
- Situaciones especiales de familia de los Asociados Activos, vitalicios y adherentes.
- Personas jurídicamente habilitadas, que deseen integrar la Asociación Mutual y que sean presentadas al menos por (2) dos Asociados Activos. |
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Asi mismo, tiene la posibilidad de Incorporar como Familiares Directos con Categoria Participante a:
- CONYUGE O CONVIVIENTE
- HIJOS/AS (hasta 35 años de edad).
Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente. |
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SI DESEA INFORMACION DIFERENCIADA DE LOS VALORES ACTUALES DE LA CUOTA SOCIAL COMUNICARSE A LOS TELEFONOS DE LA REGIONAL CORRESPONDIENTE A SU JURISDICCION. |
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PRESIONE AQUÍ PARA IR A SU REGIONAL. |
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ASOCIADOS HONORARIOS |
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Gozarán de los beneficios que se establezcan
en la Reglamentación. |
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Serán reconocidos como tales: |
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- El Presidente de la Nación.
- El Ministro de Defensa.
- El Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Argentina.
- Las personas que hayan prestado un servicio extraordinario a la Institución o que posean determinadas condiciones personales, debiendo ser aceptados como tales en Asamblea de Representantes y a propuesta del Consejo Directivo.
- Los Suboficiales de las Fuerzas Aéreas y sus familiares directos pertenecientes a países acreditados ante la República Argentina, mientras se encuentren cumpliendo una comisión permanente, de una duración no menor a un (1) año en el país. |
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ASOCIADOS VITALICIOS |
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Como reconocimiento a su trayectoria en nuestra institución. |
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Podrán ser aquellos asociados ACTIVOS (Suboficiales de Fuerza Aerea) que hayan cumplido los ochenta años de edad y cumpla los requisitos establecidos en la Reglamentación para esta categoría de asociados. |
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Podra Incorporar como Familiares Directos
con Categoria Participante a:
- CONYUGE O CONVIVIENTE
- HIJOS/AS menores de 20 años inclusive (si fueran más de 2 hijos menores, a partir del tercero se encuentran bonificados hasta cumplir los 21 años)
- HIJOS/AS mayores de 21 hasta 26 años inclusive
- NIETO/A "a cargo" , menor de 20 años inclusive
Declarados ante el circulo, mediante tramite, con documentación correspondiente. |
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